Hasta el 2 de julio las empresas podrán declarar productos prioritarios de la Ley REP

Hasta el 2 de julio las empresas podrán declarar productos prioritarios de la Ley REP

El Ministerio del Medio Ambiente, de acuerdo a la Resolución Nº 0375 de fecha 3 de mayo de 2021, inició el proceso de entrega de información requerida...

El Ministerio del Medio Ambiente, de acuerdo a la Resolución Nº 0375 de fecha 3 de mayo de 2021, inició el proceso de entrega de información requerida a los productores de productos prioritarios, de acuerdo al artículo segundo transitorio de la Ley de Fomento al Reciclaje y Responsabilidad Extendida del Productor (Ley N° 20.920).

Cabe recordar que de acuerdo a esta ley, serán considerados productores de productos prioritarios, las personas que los introduzcan en el mercado, entendiéndose por «introducir en el mercado», las siguientes acciones:

a) Enajenar un producto prioritario por primera vez en el mercado nacional.
b) Enajenar bajo marca propia productos prioritarios adquiridos de un tercero que no es el primer distribuidor.
c) Importar productos prioritarios para su propio uso profesional.
En el caso de envases y embalajes, el productor es aquel que introduce en el mercado el bien de consumo envasado y/o embalado.

Para efectos de este requerimiento, deberá entenderse por «envases y embalajes» a aquellos productos hechos de cualquier material, de cualquier naturaleza, que sean usados para contener, proteger, manipular, facilitar el consumo, almacenar, conservar, transportar, o para mejorar la presentación de las mercancías, así como los elementos auxiliares integrados o adorados a aquellos, cuando cumplen con la función de informar al consumidor o alguna de las funciones ya señaladas.

La entrega de información deberá efectuarse a través del RETC, ingresando al sitio web vu.mma.gob.cl, proporcionando la cantidad (unidades, metros cúbicos y/o toneladas) de productos prioritarios introducidos en el mercado, en el país, durante el año 2020.

Dicha información deberá ser entregada como máximo plazo hasta las 14:00 horas del día 2 de julio del año en curso.

Fuente: MMA

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